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¿Qué es el sisbén?

El Sisbén es una encuesta que permite clasificar a la población de acuerdo con sus condiciones socioeconómicas. Se utiliza para identificar de manera rápida y objetiva a la población en situación de pobreza y vulnerabilidad para focalizar la inversión social y garantizar que ésta sea asignada a quienes más lo necesitan.

El Sisbén busca ordenar la población mediante una clasificación generada a partir de su capacidad para generar ingresos, de acuerdo con sus condiciones de vida.

El Sisbén permite el registro en su base de datos de cualquier persona con documento vigente y residente en hogares particulares. La encuesta no se aplica en lugares especiales de alojamiento (LEA). Una vez hecho el registro en la base de datos, esta genera el grupo de la persona, el cual obedece a las condiciones de vida e ingresos del hogar.

El grupo sirve para que las entidades definan, entre otros criterios, quiénes pueden acceder a programas sociales.

¿Cualquier persona puede estar registrada en el Sisbén?

Si

Cualquier persona puede solicitar la aplicación de la encuesta y de esta manera quedar registrada en la base del Sisbén. Para la aplicación de la encuesta debe cumplir con las condiciones establecidas como son: residir en un hogar particular y tener documentos válidos y vigentes.

 

¿Quiénes pueden inscribirse al programa más familias en acción?

  1. Las familias con niños y niñas de 0 a 18 años incluidas en las bases de datos entregadas por las entidades correspondientes, en las fechas establecidas:
  • Familias en condición de desplazamiento, en estado incluido en el Registro Único de Víctimas.
  • Familias que pertenecen a la red UNIDOS
  • Familias que están incluidas en los listados censales de comunidades indígenas.
  1. Familias SISBEN con puntajes en los siguientes rangos:
  • Bogotá y ciudades capitales 0 – 30,56
  • Zonas Urbanas y centros poblados 0 – 32,20
  • Zonas rurales 0-29,03

¿Cuándo puedo inscribirme en el programa más familias en acción?

Si cumples las condiciones para ingresar, debes realizar proceso de inscripción de acuerdo con tu tipo de población:

  • En condición de desplazamiento: las inscripciones son permanentes por lo tanto puede llevar la documentación a la oficina del enlace municipal (o puntos de atención).
  • Sisben, unidos e indígenas: las inscripciones no son permanentes, el DPS define cronograma de inscripciones y divulga la información a través de medios de comunicación  en coordinación con el enlace municipal (o puntos de atención).

Todos los programas del DPS son gratuitos no aceptes intermediarios.

 

¿Qué documentos necesito para inscribirme en Más Familias en Acción?

La madre o quien tenga la custodia legal de los niños y niñas, debe presentarse personalmente con originales y fotocopia de los siguientes documentos:

  1. Documento de identificación en original y vigente de la madre (o cuidador legal de los niños y niñas).
  2. Registro civil vigente de todos los niños y niñas, tarjeta de identidad para niños y niñas mayores de 7 años y cédula de ciudadanía de jóvenes mayores de 18 años.
  3. Cuando la madre está ausente (por fallecimiento, por pérdida de derechos civiles o detención, por enfermedad grave o invalidez, o por abandono de los menores), el adulto cuidador debe presentar documento legal de custodia otorgado por un juez de familia o el ICBF (para familias SISBEN, Unidos y desplazados) o por la autoridad indígena (para familias indígenas).  No se aceptan constancias de cuidado.
  4. Para niños y niñas de 0 a 7 años, la madre o titular debe llevar carnet de control de crecimiento y desarrollo.
  5. Para niños y niñas en edad escolar, la madre o titular debe llevar constancia de estudio de la institución educativa con el grado que cursa el menor.

¿Qué debo hacer si quiero presentar una denuncia con respecto al Sisbén?

Tener soportes

Una denuncia la puede presentar cualquier ciudadano, la administración del Sisbén, Organismos de Control entidades que utilizan el Sisbén como herramienta de focalización.

Al presentar la denuncia se requiere tener información de la persona denunciada: nombres y apellidos completos y número de documento de identidad (si no se tiene esta información no se da trámite a la denuncia) y anexar los soportes que demuestren que efectivamente el denunciado cometió fraude.

La denuncia ciudadana se verifica a través de la aplicación de una nueva encuesta por parte del Municipio.

Los resultados de la verificación se dan a conocer directamente a las entidades que utilizan el Sisbén como herramienta de focalización, a través de la base certificada, y son los programas sociales quienes tienen la responsabilidad de definir las condiciones de ingreso, permanencia y salida de sus beneficiarios.

Hay denuncias que señalan a personas con una clasificación que no les permite acceder a ningún programa social. En tal sentido no entraría en casos de verificación por denuncia.

Soy extranjero y deseo estar en el Sisbén, ¿Qué hago?

Solicitud en Oficina

La encuesta Sisbén puede ser solicitada por personas extranjeras ante la Oficina Sisbén del Municipio en el cual reside.

Recuerde que los trámites ante la oficina del Sisbén no tienen costo.

Para presentar la solicitud es necesario cumplir con las siguientes condiciones: No habitar en lugares especiales de alojamiento:

Cárcel o centro de rehabilitación penitenciario
Centro de rehabilitación no penitenciario
Albergue infantil u orfanato
Asilo de ancianos u hogar geriátrico
Convento, seminario o monasterio
Internado de estudio
Cuartel, guarnición o estación de policía
Campamento de trabajo
Lugar para alojar habitantes de la calle
Casa de lenocinio o prostíbulo
Albergue de desplazados
Albergue de reinsertados
Albergues temporales por desastres naturales

Contar con un documento de identidad válido y vigente. A continuación, los tipos de documento admitidos para el registro de los extranjeros en la encuesta del Sisbén:

Mayor de 7 años
1. Cédula de extranjería
2. Salvoconducto
3. Permiso Especial de Permanencia, en el caso de venezolanos

Menor o igual 7 años
1. Pasaporte
2. Documento nacional de identidad del país de origen
3. Permiso Especial de Permanencia, en el caso de venezolanos

¿Se pueden hacer encuestas del Sisbén a la Población Indígena?

La metodología de aplicación y operación del Sisbén permite que la población indígena quede registrada en la base del Sisbén. No obstante, esta población no recibirá un tratamiento diferencial dentro de la base del Sisbén por su condición de indígena.

En caso de habérseles aplicado la encuesta, esta debe preservar los procedimientos previstos en la metodología, de tal manera que su resultado será el que ésta arroje conforme está especificado y no es dable introducir cambios en la información para asignarles una clasificación diferente por su condición especial de indígena. Tampoco quedarán registrados en la base del Sisbén como población indígena pues no existe una pregunta que permita identificarlas. Estas poblaciones no se registran como tal en la base del Sisbén porque la ficha aplicada no recoge el enfoque diferencial y no identifica su condición particular.

Si las poblaciones indígenas están registradas en un listado censal avalado por el Ministerio del Interior y a su vez están registradas en la base del Sisbén, no perderán los beneficios a los que tiene derecho como población indígena, de acuerdo con la normatividad vigente para cada programa.

 

¿Se pueden hacer encuestas del Sisbén a la Población Víctima del Conflicto?

La metodología de aplicación y operación del Sisbén permite que las personas víctimas del conflicto armado residentes en hogares particulares queden registradas en la base del Sisbén sin perder su condición de víctima ya que el sistema de identificación de víctimas del conflicto armado previsto por las normas vigentes es el Registro Único Víctimas (RUV).

Sin embargo, es importante tener en cuenta que de acuerdo con lo planteado en el Plan Nacional de Desarrollo “Pacto por Colombia, pacto por la equidad”, el Sisbén es una fuente de información adicional al RUV que contribuye a la caracterización de la población víctima de acuerdo con la normatividad y jurisprudencia existente sobre la focalización y priorización de esta población.

Las víctimas a quienes se les aplique la encuesta no recibirán un tratamiento especial dentro de la base del Sisbén o en su clasificación por su condición de víctima del conflicto armado.

 

Si tengo un puntaje de 30, ¿A qué corresponde en el Sisbén IV?

No se puede comparar

La nueva metodología Sisbén IV que clasifica a los hogares por grupos A, B, C y D no es comparable con el Sisbén III, que los clasifica con un puntaje de 0 a 100.

La clasificación de las dos versiones tiene un enfoque diferente, Sisbén III solo mira la calidad de vida y Sisbén IV mira también la capacidad de generar ingresos, es un decir cuenta con un análisis de la inclusión social y productiva de los hogares.

¡Recuerde! Es un error comparar Sisbén III con Sisbén IV, pues al no ser comparables las metodologías no es posible hacer la equivalencia entre el puntaje Sisbén III y algún grupo del Sisbén IV.

 



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