Municipio de San Gil

Sisbén

 

 

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Sisbén

 

 

 

 

¿Qué es el Sisbén?

 

El Sisbén es una encuesta que permite clasificar a la población de acuerdo con sus condiciones socioeconómicas. Se utiliza para identificar de manera rápida y objetiva a la población en situación de pobreza y vulnerabilidad para focalizar la inversión social y garantizar que ésta sea asignada a quienes más lo necesitan.

El Sisbén busca ordenar la población mediante una clasificación generada a partir de su capacidad para generar ingresos, de acuerdo con sus condiciones de vida.

El Sisbén permite el registro en su base de datos de cualquier persona con documento vigente y residente en hogares particulares. La encuesta no se aplica en lugares especiales de alojamiento (LEA). Una vez hecho el registro en la base de datos, esta genera el grupo de la persona, el cual obedece a las condiciones de vida e ingresos del hogar.

El grupo sirve para que las entidades definan, entre otros criterios, quiénes pueden acceder a programas sociales.

 

Sisbén no es

 

 

Al ingresar a la base de datos del Sisbén, ¿A qué tengo derecho?

A ser Indentificado

Estar en el Sisbén le da el derecho a ser identificada de acuerdo con sus condiciones económicas y sociales, con eso el Sisbén solo le otorgará una clasificación con la que las entidades de los programas sociales hacen su proceso de focalización y definen a sus beneficiarios.

Estar en el Sisbén no garantiza ser elegido beneficiario de los programas sociales. Las entidades a cargo de los programas sociales son las que definen los criterios para vincular a sus beneficiarios. Un ejemplo de esto es que el Ministerio de Salud define los beneficiarios del Régimen Subsidiado en Salud.

 

¿Cómo puedo actualizar la información en mi encuesta?

Solicitud en oficina

Las actualizaciones de información de la encuesta Sisbén deben ser solicitadas en la Oficina Sisbén del Municipio. Recuerde que los trámites ante la Oficina del Sisbén no tienen costo.

Las actualizaciones y/o correcciones de la información existente en la base del Sisbén pueden ser por:

  1. La incorporación o exclusión de personas de la encuesta.
  2. Cambio de domicilio en el mismo municipio o por cambio de Municipio.
  3. Por inconformidad con la información registrada.
  4. Cambio de información en alguna de las secciones de la encuesta: vivienda, hogar, personas, salud, atención a menores, educación, ocupación e ingresos.

Adicionalmente informamos que, frente a la aplicación de encuestas por la razón que sea, se debe tener en cuenta que de acuerdo con el Artículo 3 del Decreto 1168, los Alcaldes tienen la competencia para restringir las actividades que consideren pertinentes en su respectivo Municipio, por lo que es necesario que se verifiquen los lineamientos emitidos por la Administración Municipal en materia de atención al público como consecuencia de la pandemia.

 

¿Cómo será la clasificación en el Sisbén IV?

Por grupos

En el Sisbén IV existen cuatro grupos:

Grupo A: Pobreza extrema (Población con menor capacidad de generación de ingresos)
Grupo B: Pobreza moderada (Población con mayor capacidad de generar ingresos que los del grupo A)
Grupo C: Vulnerable (Población en riesgo de caer en pobreza)
Grupo D: Población no pobre, no vulnerable.

Cada grupo está compuesto por subgrupos, identificados por una letra y un número que permiten clasificar más detalladamente a las personas:

Grupo A: Conformado por 5 subgrupos (Desde A1 hasta A5)
Grupo B: Conformado por 7 subgrupos (Desde B1 hasta B7)
Grupo C: Conformado por 18 subgrupos (Desde C1 hasta C18)
Grupo D: Conformado por 21 subgrupos (Desde D1 hasta D21)

Ejemplo: Una persona en el nivel A1 tendrá una menor capacidad de generar ingresos y menor calidad de vida que la del A5.

 

Sisbén grupos

 

Sisbén grupos

 

 

¿Para qué me sirve el Sisbén?

Ser potencial beneficiario

El Sisbén es el canal mediante el cual el Estado puede conocer las necesidades y capacidades de los hogares y con base en esto, es que los programas sociales determinen si una persona puede tener o no acceso a un determinado beneficio.

Con la información de Sisbén, las entidades que administran los programas determinan las condiciones de ingreso, permanencia o salida de los beneficiarios de un programa social.

 

¿Cómo solicito la encuesta del Sisbén?

Solicitud en Oficina
 
Para que un hogar quede registrado en la base del Sisbén es necesario que una persona mayor de 18 años y que viva permanentemente en el hogar, presente la solicitud ante la Oficina del Sisbén del Municipio.
 
El Decreto 441 de 2017, en su artículo 2.2.8.3.1. Inclusión en el Sisbén, establece:
 
“Cualquier persona natural puede solicitar su inclusión en el Sisbén ante la entidad territorial en el cual resida. Para el efecto, la entidad territorial aplicará la ficha de clasificación socioeconómica en la dirección de residencia habitual del solicitante, quien suministrará la información requerida para el diligenciamiento de la totalidad de las variables de esta, con el fin de realizar una correcta identificación y caracterización. El suministro de la información se hará bajo la gravedad de juramento y la información será utilizada para orientar las políticas sociales del gobierno”.
 
Los pasos por seguir para la solicitud de aplicación de encuesta son los siguientes:
 
  1. Diligenciar la solicitud de la aplicación de la encuesta ante la administración del Sisbén de su Municipio.
  2. La solicitud debe quedar registrada en el sistema. 
  3. La Oficina de Sisbén del municipio visitará su lugar de residencia para llevar a cabo la encuesta.
 
Consideraciones al momento de realizar la solicitud:
 
  • Es indispensable que el solicitante presente su documento de identidad y el de todos los miembros de su hogar; las personas que no tengan documento de identidad o no tengan documento correspondiente a su edad no podrán quedar registradas en la solicitud ni en la encuesta.
  • Las copias de la solicitud deben firmarse y se deben conservar para cualquier reclamación ante la administración del Sisbén del Municipio o para verificar la veracidad de la información por parte de Organismos de Control (Personería Municipal o Distrital).
  • Si en la vivienda hay más de un hogar, en la solicitud se relacionan únicamente las personas del primer hogar. Las personas de los otros hogares se registran directamente al momento de realizar la encuesta en la vivienda.
 
Consideraciones al momento en que se realiza la encuesta:
 
  • La encuesta Sisbén debe hacerse en la vivienda donde reside la persona.
  • La encuesta debe ser respondida por una persona mayor de 18 años y que viva permanentemente en el hogar, preferiblemente el jefe de hogar y debe conocer la información de todas las personas que hacen parte de él.
  • En la encuesta deben quedar relacionados los nombres, apellidos y tipo y número de documento de identidad tal como están registrados en los documentos de identidad que fueron presentados en la solicitud de aplicación de encuesta.
  • Todas las personas que conforman el hogar deben quedar registradas con el parentesco que se tiene con respecto al jefe del hogar y deben residir permanentemente en la vivienda.
  • En la medida que se aplica la encuesta, la persona que responde debe verificar la información registrada por el encuestador; una vez terminada la encuesta el informante debe firmar.
 
Información adicional:
 
  1. La encuesta tiene una duración promedio de 30 minutos. 
  2. Una vez registrada la solicitud, el tiempo que tarda la programación de la visita al hogar dependerá de la Alcaldía. 
  3. Una vez realizada la encuesta, el tiempo que tarda la publicación de esta información es de máximo 6 días luego de enviada la información al DNP por parte de la Alcaldía. 
  4. La encuesta Sisbén es gratuita.

 

Estoy inconforme con mi clasificación, ¿Qué puedo hacer?

Revisar la información

Aclaramos que la clasificación es el resultado del análisis de la información declarada bajo juramento en la encuesta por el hogar. Cuando la persona presenta inconformidad, esta debe ser sobre la información registrada más no sobre la clasificación.

En primer lugar, debe acercarse a la Oficina del Sisbén para verificar la información registrada y en caso de encontrar diferencias puede solicitar la realización de una nueva encuesta o la novedad de actualización.

En tal sentido, le sugerimos que se acerque a la Oficina Sisbén de su Municipio a fin de que pueda verificar la información que se encuentra registrada en su encuesta, y en caso de ser necesario, aplicar una encuesta nueva que permita actualizar su información.

Una vez el respectivo ente territorial realice y envíe la correspondiente información al DNP, deben surtirse los procesos de depuración, validación y publicación según los términos dispuestos en la resolución vigente.

El resultado obtenido no se asigna ni puede variarse a discreción del DNP. Por lo tanto, es probable que una vez se aplique la nueva encuesta, la clasificación del Sisbén solo cambie si las condiciones socioeconómicas del encuestado han tenido un cambio real, razón por la cual, dependiendo de cada caso puede o no generarse un cambio significativo en el resultado, que afecte el inicial.

En tal situación, de acuerdo con la normatividad legal existente, no existe un mecanismo adicional para modificar su clasificación y no es posible introducir cambios en la información para clasificarlo de una manera diferente.

Lo anterior de acuerdo con el artículo 2.2.8.3.1 del Decreto 441 de 2017 que establece: “En caso de presentarse inconformidad con la información registrada en la base de datos, la persona puede solicitar la realización de una nueva encuesta. Cumplido lo anterior se podrá solicitar la aplicación de una nueva encuesta transcurridos seis (6) meses después de la publicación de los últimos resultados”.

 

¿Cómo traslado mi Sisbén de Ciudad?

Solicite una nueva encuesta

La clasificación que obtuvo una persona en el Sisbén no se traslada cuando la persona cambia de residencia. Para que una persona aparezca registrada en su nuevo Municipio debe solicitar la encuesta ante la Oficina del Sisbén del Municipio en el cual reside actualmente.

Es importante resaltar que la administración del Sisbén del Municipio destino debe aplicar la encuesta del Sisbén al hogar que así lo solicita, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 441 de 2017 sin exigir la certificación de retiro del Municipio en el que vivía antes.

La razón por la cual el Municipio destino puede aplicar la encuesta sin tener la certificación de retiro de la base del Sisbén del Municipio origen, es porque de acuerdo con la metodología establecida, cuando el DNP consolida y genera la base nacional y aparece la misma persona en dos Municipios (duplicado), siempre se deja en el Municipio en el cual tiene la encuesta más reciente.

 

¿Cómo puedo acceder a la información del Sisbén IV?

Tenga en cuenta el perfil

Ciudadanos: Tras la implementación de la nueva metodología Sisbén IV, los ciudadanos podrán realizar la consulta de su información a través de la página oficial del Sisbén. Asimismo, se habilitará un Portal Ciudadano para facilitar la realización de trámites vía web para la población.

La consulta del grupo de Sisbén IV se realiza de la siguiente manera:

  • Ingrese a http://www.sisben.gov.co
  • Seleccione el tipo de documento
  • Digite su número de identificación
  • Haga clic en Consultar
  • Haga clic en imprimir

Para cualquier efecto, la consulta que se genera es un documento oficial y valida la información que está registrada en la Base Nacional Certificada publicada por el DNP.

Administradores: Tras la implementación de la nueva metodología Sisbén IV se habilitará un Portal Territorial, donde los administradores municipales podrán consultar información técnica del Sisbén, así como la información de los ciudadanos y el estado de las solicitudes realizadas.

Alcaldías: La información requerida por las entidades territoriales deberá canalizarse por la Administración Municipal del Sisbén, quien contará con acceso al Portal Territorial y el Portal de Focalización.

Entidades nacionales: Con la implementación de la nueva metodología Sisbén IV se habilitará un Portal de Focalización, donde se pondrá a disposición de las entidades que administran programas sociales la información del Sisbén de los ciudadanos.

 

¿Quiénes son los responsables de la inclusión en los programas sociales?

Las Entidades

El Departamento Nacional de Planeación (DNP) no es el que define el ingreso de las personas a los programas sociales sino la entidad ejecutora del programa, dichas entidades son las encargadas de establecer los requisitos que se deben cumplir para poder acceder a estos, incluyendo su clasificación en el Sisbén. Son igualmente responsables de identificar a sus beneficiarios finales con base en su presupuesto y en su capacidad para atender a la población. Un ejemplo de esto es que el Ministerio de Salud define los beneficiarios del Régimen Subsidiado en Salud.

El Decreto 441 del 2017 establece:

Artículo 2.2.8.1.2. Sisbén y programas sociales. El Sisbén opera a través de un sistema de información y es neutral frente a los programas sociales.

 

¿Para qué se usa el Sisbén?

Focalizar

El Sisbén se utiliza para:

  • Facilitar la identificación de los posibles beneficiarios de programas sociales de manera rápida, objetiva, uniforme y equitativa.
  • Permitir la elaboración de diagnósticos socioeconómicos precisos de la población para apoyar la planeación nacional y territorial, y el diseño y elaboración de programas orientados a los sectores de menores recursos o población vulnerable.
  • Contribuir al fortalecimiento institucional del municipio, mediante la puesta en marcha de un sistema moderno de información social.
  • Definir las zonas prioritarias de atención para orientar la focalización del gasto social de los departamentos, distritos y municipios para reducir la pobreza y desigualdad en el país.

 

¿Cuándo puedo conocer el resultado de la encuesta o de cualquier trámite que se adelante ante la oficina del Sisbén?

En 6 días

El resultado de cualquier trámite ya sea aplicación de la encuesta Sisbén por cualquier razón, información de la clasificación, cambio de documentos de identidad, inclusión de personas, retiro de personas, entre otros, se verá publicado máximo 6 días después de ser recibida por el DNP, y luego de haber cumplido los procesos de validación y certificación establecidos según la resolución vigente.

 

Contacto

Dirección: Calle 12 No. 9 - 51, Palacio Municipal

Horario de atención:  

Lunes a Viernes
8:00 a.m. a 11:30 m.
2:00 p.m. a 6:00 p.m.

 

Teléfono: (+57) (607) 7237800 - 3204988235

Correo electrónico: sisben@sangil.gov.co

 

 

 

Y usted, ¿ya hizo la encuesta del Sisbén?

¿Qué es el Sisbén?

¡Con Sisbén, a usted lo ven!

¡No se deje engañar! Los trámites del Sisbén son gratuitos

¿Cómo se clasifican los hogares en el Sisbén?

 

 

 

 

 

 

 

 


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Fecha de publicación 01/06/2021
Última modificación 01/04/2024