Programa Colombia Mayor
El Programa de Protección Social al Adulto Mayor – “Colombia Mayor” busca aumentar la protección a los adultos mayores por medio de la entrega de un subsidio económico para aquellos que se encuentran desamparados, que no cuentan con una pensión, o viven en la extrema pobreza.
¿Quiénes podrán inscribirse?
Para inscribirse el adulto debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser colombiano.
- Haber residido durante los últimos diez (10) años en el territorio nacional.
- Tener mínimo tres años menos de la edad que se requiere para pensionarse por vejez (Actualmente 54 años para mujeres y 59 para hombres).
- Carecer de rentas o ingresos suficientes para subsistir. De acuerdo con SISBÉN IV, se toman todos los niveles de los grupos A y B y C hasta el subgrupo C1.
¿Cuál es el monto del subsidio del programa?
El Gobierno Nacional, unificó el valor del subsidio mensual del Programa Colombia Mayor, en ochenta mil pesos ($80.000) para todos los beneficiarios a nivel nacional.
¿Si cumplo con esos requisitos, como puedo inscribirme?
- El adulto mayor o su acudiente se acerca a la alcaldía a la oficina de Atención al Adulto Mayor de su municipio con fotocopia de la cédula de ciudadanía y Fotocopia del certificado del Sisbén. La persona responsable del trámite en la alcaldía municipal o distrital verifica el cumplimiento de los requisitos revisando su cédula de ciudadanía y diligenciando de la inscripción en el Sistema de Información de Colombia Mayor.
- Posteriormente a través del cruce con bases de datos externas se verifica y valida que el ciudadano inscrito no reciba pensión alguna o perciba renta.
- A través del sistema se procesa la información de los potenciales beneficiarios a quienes se les aplican los criterios de priorización los cuales determinan el orden para asignar cupos una vez se tengan disponibles.
- Los listados de priorización son indispensables debido a que cada municipio tiene un número de cupos establecidos para el programa; en la medida que estos se liberan, la asignación se realiza siguiendo en estricto orden los turnos asignados en cada ciclo.
¿Cuáles son las modalidades de pago del Programa Colombia Mayor?
Los subsidios del Programa Colombia Mayor se entregan bajo una modalidad:
- Subsidio económico directo: representado en dinero que se gira directamente al adulto mayor beneficiario, por intermedio de los operadores de pago establecidos para tal fin, “LA PERLA”.
¿Cuáles son las frecuencias de los pagos?
La transferencia será mensual y los periodos de pago se informarán mes a mes. El recurso estará disponible para ser cobrado durante 10 días hábiles
¿Cuándo pierde el subsidio?
El beneficiario que ha ingresado al programa perderá el subsidio cuando deje de cumplir los requisitos establecidos ante la incurrencia de alguna de las siguientes causales de pérdida del subsidio:
- Muerte del beneficiario.
- Comprobación de falsedad en la información suministrada o intento de conservar fraudulentamente el subsidio.
- Percibir una pensión.
- Percibir una renta entendida como la utilidad o beneficio que se obtiene de alguna actividad o bien en cuantía superior a la establecida en el numeral 3 del artículo 30 del Decreto 3771 de 2007 modificado por el Decreto 4943 de 2009
- Percibir otro subsidio a la Vejez en dinero que sumado con el del Programa de Protección Social al Adulto Mayor sea superior a ½ SMMLV otorgado por alguna entidad pública.
- Mendicidad comprobada como actividad productiva.
- Traslado a otro municipio o distrito.
- No cobro consecutivo de subsidios programados en cuatro giros (dos giros para los municipios de pago bimestral).
- Retiro voluntario.
¿Cuáles son los criterios de priorización?
- Edad del aspirante.
- Puntaje del SISBÉN o listado censal.
- La minusvalía o discapacidad física o mental del aspirante.
- Personas a cargo del aspirante.
- Ser adulto mayor que vive solo y no depende económicamente de ninguna persona.
- Haber perdido el subsidio al aporte en pensión por llegar a la edad de 65 años y no contar con capacidad económica para continuar efectuando aportes a dicho sistema. En este evento, el beneficiario deberá informar que con este subsidio realizará el aporte a pensión con el fin de cumplir los requisitos. Este criterio se utilizará cuando al beneficiario le hagan falta máximo 100 semanas de cotización.
- Pérdida de subsidio por traslado a otro municipio.
- Fecha de solicitud de inscripción al programa en el municipio.
La aplicación de los anteriores criterios de priorización busca como su nombre lo indica dar prioridad a los adultos mayores con mayores condiciones de vulnerabilidad.
¿En dónde me informan si ya puedo recibir el subsidio?
Cada vez que a un adulto se le asigne un cupo en el programa la entidad territorial deberá informar por los medios registrados. De igual forma, el adulto podrá dirigirse a la Oficina del Adulto Mayor de la alcaldía de su municipio o solicitar la información a través de los canales de participación ciudadana definidos por Prosperidad Social.
Dirección: Calle 12 No. 9 – 51 Primer piso
Correo Electrónico: adultomayor@sangil.gov.co
Número de Celular: WhatsApp 3188566701
Horario de Atención:
Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 12:00 m.
Número de visitas a esta página 5482
Fecha de publicación 04/02/2021
Última modificación 30/10/2024